El Indio Solari quedó desligado de la causa por las muertes que ocurrieron en el recital de la ciudad de Olavarría, el año pasado, así lo decidió el fiscal David Carballo quedaron imputados los productores de la empresa “En Vivo”.
El fiscal Carballo solicitó que se eleve a juicio oral y público las muertes de Javier León y Juan Francisco Bulacio. Los titulares de la empresa, Matías y Marcos Peuscovich y Gustavo Zurita, están imputados bajo la figura de “estrago doloso con dolo eventual agravado”. Carlos “Indio” Solari,quedó desligado ya que en el contrato acordaba que el músico se hacía responsable de la “organización musical y deslinda la responsabilidad de la organización y seguridad en los productores de la empresa En Vivo”.
Según las pericias las víctimas fallecieron asfixiados por aplastamientos que se generaron por avalanchas. En diálogo con el diario El Eco de Tandil, el fiscal enumeró las fallas organizativas: “No había salidas laterales, ni de emergencia, no había un pasillo central que delimitara el predio para evitar que toda la gente se aglomerara en el centro del recital, lo cual es normal porque la gente tiende a precipitarse hacia el escenario para estar cerca del artista”.
Además, agregó que: “No había paravalanchas y estas son circunstancias que los organizadores debían prever para garantizar la seguridad de la gente que concurre al lugar”.
Asimismo, otro de los puntos claves fue que el predio ‘La Colmena’ tenía una habilitación para 155 mil personas, pero según el informe del Instituto Tecnológico de Buenos Aires, que fue presentado como prueba en la causa, había 225 mil espectadores, aproximadamente.
De todos modos, para el fiscal: “Aunque hubiera concurrido esa gente, no se adoptaron las medidas de seguridad necesarias para prever lo que pasó, como las avalanchas”, señaló. Respecto a la carátula que pesa sobre los imputados, Carballo reveló que le agrego “una figura alternativa que permite el Código Procesal, que es el ‘estrago culposo’. “El primero de los encuadres implica penas de prisión muy similares a las de homicidio, teniendo un mínimo de 8 años y llegando a los 20 como máximo. El estrago culposo tiene una menor escala penal”, sentenció Carballo.