La Cámara Federal terminó con el secretismo de la autoridad monetaria y le ordenó entregar los detalles de las operaciones con las reservas. El tribunal consideró que el BCRA no justificó el “cepo informativo” y que la sociedad tiene derecho a saber qué se hizo con el metal precioso.
En un fallo con fuertes implicancias políticas y financieras, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó una sentencia de primera instancia y le exigió al Banco Central de la República Argentina (BCRA) que brinde información pública detallada sobre el traslado de lingotes de oro fuera del país. La decisión judicial pone fin a la opacidad con la que el organismo manejó estos movimientos, que habían despertado suspicacias en diversos sectores.
La pulseada legal había sido iniciada por la Asociación Bancaria, el gremio que conduce Sergio Palazzo, amparándose en la Ley de Acceso a la Información Pública. Ante la negativa sistemática del banco a transparentar estas maniobras, el sindicato decidió judicializar el reclamo para conocer el destino y las condiciones del patrimonio nacional.
En una resolución que lleva la firma de los magistrados Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, la Sala V dictaminó que la entidad monetaria no logró fundamentar de manera sólida por qué declaró la “reserva total” de los datos. Para los jueces, este “candado” informativo vulneró de manera flagrante los principios de transparencia y máxima divulgación que deben regir en el Estado.
El tribunal fue tajante al concluir que la defensa del Banco Central se limitó a esgrimir “meras afirmaciones genéricas”. Según el fallo, la entidad no aportó elementos técnicos ni de seguridad que permitieran chequear si la restricción para acceder a la información era verdaderamente legítima o simplemente una maniobra para evadir el control.
En esa misma línea, los camaristas sostuvieron que la respuesta dada por la conducción del BCRA ante los pedidos ciudadanos fue “incompatible con los pilares de publicidad y transparencia”. El fallo remarca que, al tratarse de recursos públicos, la regla debe ser la apertura y no el ocultamiento bajo argumentos vagos.
El conflicto se remonta a una serie de pedidos de informes presentados entre julio y agosto de 2024. En aquel entonces, se exigían datos precisos sobre los embarques de oro, las actas administrativas que avalaron la salida del metal, el listado de funcionarios responsables, los expedientes internos, la contratación de seguros y si la sindicatura del BCRA había puesto el gancho a la operación.
En el casillero de salida de esta causa, un juez de primera instancia había rechazado el amparo. En ese momento, se le dio la razón al Central bajo el argumento de que la información estaba protegida por las excepciones de la Ley 27.275, alegando que ventilar los datos podría poner en riesgo la seguridad de las reservas y desestabilizar el sistema financiero.
Sin embargo, la Cámara aplicó un criterio jurídico diametralmente opuesto. El nuevo fallo advierte que las excepciones legales para no entregar información pública no pueden quedar a merced de una “apreciación unilateral del sujeto obligado”. Es decir, es el Estado quien tiene la carga de la prueba para demostrar, con hechos concretos, que difundir los datos causaría un daño real a un interés protegido.
Los jueces destacaron además que el Central nunca explicó por qué sería peligroso informar si las operaciones existieron, cuáles fueron los montos, en qué oficina se tomó la decisión o si se notificó a los órganos de control. Para la Justicia, el BCRA falló a la hora de justificar por qué ocultó incluso la existencia de los expedientes administrativos.
La Cámara también puso el foco en que el reclamo toca una fibra sensible: la administración de las reservas internacionales, algo que calificaron como un “asunto de indudable interés público”. Recordaron que, en democracia, el derecho de acceso a la información se rige por el principio de máxima divulgación, especialmente cuando se trata de activos estratégicos.
En sintonía con lo planteado por el fiscal general, el tribunal le dio un ultimátum al BCRA: deberá entregar toda la información o, en su defecto, explicar “punto por punto” y de forma circunstanciada por qué ciertos datos específicos no pueden ver la luz y de qué manera exacta su difusión pondría en jaque al sistema financiero.
Finalmente, el fallo le pasó la factura económica al Banco Central: al resultar perdedor en el proceso, el organismo deberá hacerse cargo de las costas judiciales de ambas instancias. Ahora, la autoridad monetaria queda contra las cuerdas y obligada a abrir sus archivos ante la mirada de la sociedad.