A través de un mensaje de 20 minutos, el Presidente de la Nación anunció desde Casa Rosada que se amplía la vigencia del último DNU. “Debemos hacer un nuevo esfuerzo”, pidió el mandatario.

El presidente de la Nación, Alberto Fernández, dio a conocer las medidas que regirán a partir del día sábado y hasta el 21 de Mayo inclusive, a través de un mensaje grabado desde Casa Rosada.

“Debemos bajar el nivel de contagio para disminuir la tensión del sistema sanitario. El esfuerzo colectivo que estamos haciendo vale la pena”, aseguró el mandatario.

En síntesis, Fernández amplió el DNU que finalizaba el día de hoy y las medidas que rigieron en las últimas dos semanas se extenderán al menos hasta el 21 de Mayo. Luego las restricciones se pondrán a criterio de cada gobierno provincial de acuerdo a su situación epidemiológica.

“Para el conjunto del país se mantendrán hasta el 21 de mayo las mismas medidas que están actualmente vigentes”.

Como novedad, el presidente distinguió “4 situaciones en distintos lugares del país en relación al riesgo”. Según considera y detalló en su comunicado, en el país actualmente “hay zonas de bajo, medio y alto riesgo epidemiológico y sanitario”. Y agregó que “existe una cuarta categoría, aquellas zonas en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria”.

En aquellas zonas de mediano riesgo epidemiológico y sanitario, Fernández indicó que “es facultad y responsabilidad de los gobiernos locales adoptar en forma temprana medidas adicionales que disminuyan la circulación para prevenir los contagios”.

En aquellas zonas de alto riesgo epidemiológico y sanitario, el mandatario estableció “suspender actividades sociales en domicilios particulares, reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas, casinos y discotecas”. Y detalló que “los bares y restaurantes funcionarán hasta las 23hs”.

En cuanto a la circulación en esta zona, no se podrá hacerlo entre 0hs y las 06.00 de la mañana de cada día.

Por último, el presidente nombró al cuarto grupo, en el cuál se encuentra categorizada el Área Metropolitana de Buenos Aires, e indicó que “hay zonas del país que están en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria”.

Y detalló: “Los locales comerciales funcionarán hasta las 19 horas. Después de las 19hs la gastronomía podrá continuar con envíos a domicilio. Durante el día, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre”.

“La situación epidemiológica en el AMBA es crítica”, expresó Fernández. Por eso, el DNU mantiene la restricción por la cual no se podrá circular entre las 20hs y las 6 de la mañana del día siguiente.

Por último, un tema que desde hace rato trae discordia entre el gobierno nacional y el de la Ciudad de Buenos Aires. Alberto Fernández aseguró que “el dictado de clases se realizará exclusivamente a distancia”.

Todo parece indicar habrá un nuevo capítulo en esta lucha judicial que lleva adelante el gobernador Rodríguez Larreta para que las clases presenciales se mantengan en la ciudad y ante eso, Fernández decidió que “en los próximos días se enviará un Proyecto de Ley al Congreso de la Nación para que en función de criterios científicos claros y precisos se faculte al Presidente de la Nación y a los gobernadores a tomar restricciones y medidas de cuidado durante esta situación excepcional”.

LAS MEDIDAS EN RESUMEN:

📆 Vigencia: Desde el 1° de Mayo al 21 de Mayo, inclusive.

Según 3 factores (RAZON -aumento de casos en últimos 14 días-; INCIDENCIA -cantidad de casos sobre población- y OCUPACION CAMAS DE UTI) los lugares del país se clasifican en 4 CATEGORIAS:

1️⃣SITUACION DE BAJO

2️⃣MEDIO

3️⃣ALTO RIESGO EPIDEMIOLOGICO Y SANITARIO

4️⃣ALARMA EPIDEMIOLOGICA Y SANITARIA.

⭕️MEDIDAS GENERALES TODO EL PAIS:

❌ VIAJES GRUPALES: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

❌ REUNIONES SOCIALES: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.

😷 PERSONAS DE RIESGO: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

➡️ MEDIDAS PARA ZONAS DE RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO MEDIO (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZON: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 HABITANTES)):

❌ Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

➡️ MEDIDAS PARA ZONAS DE ALTO RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZON: MAYOR A 1.20 e b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/ 100.000 HABITANTES)

❌ REUNIONES SOCIALES:

  • Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
  • Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas

❌ DEPORTES: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas

❌Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

⏰ HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs

❌ PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

📌 AFORO: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

👉🏻 DISPOSICIONES LOCALES Y FOCALIZADAS DE CONTENCION: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

➡️ MEDIDAS PARA ZONAS DE ALERTA EPIDEMIOLOGICA Y SANITARIA

❌ACTIVIDADES SUSPENDIDAS:

❌ Centros comerciales y shoppings.

❌ Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

❌ Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

📌 Restricción en ámbito educativo.

  • Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles. 💻

❌ DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales.

❌Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

⏰ HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

❌ PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

❌ TRANSPORTE PUBLICO: solo para esenciales y autorizados.

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