Se trata de un decreto firmado por el ex presidente, que cerca del final de su mandato ordenó un traspaso de 31 escrituras al gobierno de su aliado Horacio Rodríguez Larreta.

A través del decreto 145/2020 que se publicó este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno de Alberto Fernández dejó sin efecto una cesión de bienes que la administración del ex presidente Mauricio Macri había otorgado a la Ciudad, y solicitó revisar la legalidad de dichos traspasos.

Según la resolución que había firmado Mauricio Macri, firmado un día después de las elecciones nacionales, al derogarse el inciso 2 3 del artículo 8° del Decreto 1382/12, “por el cual se facultó a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) a ‘dar en pago’ los bienes inmuebles desafectados del uso, declarados innecesarios y/o sin destino, a fin de cancelar deudas y/o afrontar compromisos de asistencia económico financiera y/o extinguir cualquier otra obligación de carácter pecuniario que haya asumido el Estado Nacional, en el marco de convenios, contratos, actas o acuerdos celebrados con las Provincias y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

El nuevo decreto especifica que el inciso derogado “desnaturaliza la función asignada a la AABE e implica un desprendimiento de activos insustituibles que pertenecen al Estado Nacional”, además de privar de la posibilidad de “obtener ofertas económicas superiores a la tasación oficial, lo que resulta asimismo desaconsejable desde el punto de vista financiero”.

Por otro lado el Poder Ejecutivo Nacional argumentó que la cesión de bienes a la Ciudad “hace inferir que la urgencia en el dictado de la norma que se critica estaba dada para concretar las operaciones realizadas a favor” del distrito que conduce Horacio Rodríguez Larreta “y no en mejorar el ejercicio de las atribuciones de la Agencia de Administración de Bienes del Estado en favor del interés público o en pos de cualquier otro fin que no sea de favorecer discrecionalmente a una sola jurisdicción”.

Asimísmo, instruyó a la Administreción de Bienes del Estado a “revisar en un plazo no mayor a sesenta días, la legalidad de los procesos que derivaron en la disposición, cesión, enajenación, transferencia, desafectación, asignación en uso o dación en pago, de inmuebles del Estado Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de cualquiera de sus organismos, entidades, sociedades del estado o con participación estatal mayoritaria, desde el 10 de diciembre de 2015 hasta el 10 de diciembre de 2019, a fin de que en caso de detectarse vicios que puedan implicar su nulidad así como eventuales hechos o actos ilícitos, se proceda a deslindar las correspondientes responsabilidades administrativas, civiles y/o penales”.

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